El decaimiento en procedimientos administrativos sancionadores ambientales: ¿existe plazo fijo? Comentario a la sentencia del Primer Tribunal Ambiental Rol n.º 100-2024, de 9 de octubre de 2024

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Universidad de los Andes
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El presente trabajo busca abordar la institución del decaimiento del procedimiento administrativo sancionador, centrado desde la perspectiva del derecho ambiental, y más específicamente, se estudiará la forma en que la jurisprudencia en general y en este caso en particular han adoptado que el plazo del decaimiento en los procesos administrativos sancionadores ambientales no posee un tiempo establecido, como si sucede en las demás materias, el cual corresponde a 6 meses o 2 años según la postura que se tenga. Así se revisará el tópico de la complejidad ambiental, el cual es la piedra angular que los jueces han esgrimido para establecer esta incerteza del plazo, pues como se desarrollará más adelante, se tendrá que analizar cuál es el plazo prudente dependiendo del caso a caso, es decir, de una manera bastante singular y especifica.
This paper seeks to address the institution of the expiration of administrative sanctioning procedures from the perspective of environmental law. More specifically, it will study how jurisprudence, in general, and in this case, has established that the expiration period in environmental administrative sanctioning processes does not have an established timeframe, unlike other areas where it corresponds to six months or two years, depending on the position taken. The paper will examine the concept of environmental complexity, which is the cornerstone that judges have used to establish this uncertainty regarding the term. As will be developed later, it will be necessary to analyze what constitutes a reasonable timeframe on a case-by-case basis in a rather unique and specific manner
Keywords
administrative decay, sanctions, due process, legal certainty, decaimiento administrativo, sanciones, debido proceso, certeza jurídica
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